SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2003-R

Fecha: 06-Feb-2003

4.

4.   También se infringen las garantías del debido proceso, si sólo se dirige la demanda contra el fiador real o hipotecario; dado que el deudor también tiene el derecho a defenderse, oponiendo todos los medios de defensa que la ley le reserve; puesto que en última instancia será sobre éste que recaiga el pago de la obligación, como producto de la acción de repetición al que en su caso puede optar el garante hipotecario.