SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2003-R

Fecha: 06-Feb-2003

II.2.

II.2.    El juez recurrido, mediante Sentencia 12/2002 de 11 de enero de 2002, declaró probada la demanda y ordenó que los deudores paguen a tercero día su obligación, bajo prevenciones de llevar adelante el remate en pública subasta de los bienes ofrecidos en garantía, disponiendo la notificación a los garantes hipotecarios, sin que conste el cumplimiento de esa notificación (fs. 9-10).