SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0144/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0144/2003-R

Fecha: 11-Feb-2003

II.12

II.12   Los Vocales recurridos, a través del Auto de Vista de 24 de septiembre de 2002 (fs. 567 y 568), resolvieron las apelaciones de los Autos de 5 de septiembre de 2001, 28 de marzo y 7 de mayo de 2002, revocando las tres decisiones referidas, dejándolas sin efecto legal alguno, por ende, anularon el remate efectuado el 19 de febrero de 2002, con los argumentos de que: a) se remató el bien hipotecado, que pertenece a Rómulo Montaño y Elsa de Montaño, y no así a los ejecutados Miriam Negrón y José Luis Negrón; b) “el alcance de la sentencia es sólo a los ejecutados y no a los dueños de la garantía real, contra quienes el Banco ejecutante no ha seguido este proceso como correspondía, ni se ha escuchado para nada a los legítimos  propietarios”; c) con el fallecimiento del propietario del bien hipotecado, le suceden su esposa e hija, quienes “lo menos que tiene derecho es saber y conocer que su propiedad está en trance de enajenación forzosa, a cuyo efecto tienen igual derecho a que previamente debieron ser procesadas debidamente” (sic).