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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0144/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0144/2003-R

    Fecha: 11-Feb-2003

    II.8

    II.8     Luego del trámite legal, en 19 de febrero de 2002 (fs. 174), se remató el inmueble y fue adjudicado a Joaquín Marcelo Arze Soliz, y, pagado el precio, se aprobó dicho remate mediante Resolución de 18 de marzo de 2002, (fs. 194 y 195),  en la  que se anuló la notificación a Elsa Lara con el Auto de 5 de septiembre de 2001, quien apeló del mismo (fs. 217 y 218)

    • Judith Arze Solíz, Fernando Javier Villalobos Velasco y Jaime Mauricio Villalobos de Ávila, en representación de Joaquín Marcelo Arze Solíz
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • I.1.3    Autoridades recurridas y petitorio.
    • a)
    • procedente
    • Fragmento 6
    • II.1
    • II.3
    • II.6
    • II.7
    • II.8
    • II.10
    • II.12
    • II.13
    • III. FUNDAMENTOS   JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • sin haber sido oído y juzgado en proceso legal
    • que debe ser interpretada siempre conforme al principio de la favorabilidad, antes que restrictivamente
    • 'I. (CONSTITUCION).
    • 1)
    • 2) Las transferencias que del inmueble se hubieren realizado desde la fecha de constituirse la hipoteca, con indicación del nombre y domicilio de los adquirentes.
    • 3.
    • 4.
    • sin haber sido oídos y vencidos en juicio
    • III.2
    • III.3

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