SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0144/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0144/2003-R

Fecha: 11-Feb-2003

III.1

III.1            Lo que se debe dilucidar en este caso, a partir de la interposición del amparo constitucional por parte de los representantes del adjudicatario, es determinar si los Vocales  recurridos actuaron  en forma legal o no al anular el remate del bien de la garante hipotecaria, cuando ésta no ha sido demandada. Dicho de otro modo, se debe determinar si el garante hipotecario debe ser oído y vencido en juicio para que el eventual remate de su bien -dado en hipoteca- sea legal. Al respecto, este Tribunal en su Sentencia Constitucional 0136/2003, de 6 de febrero, en un caso similar al presente, en el cual los recurrentes eran los garantes hipotecarios,  ha declarado que: