SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0144/2003-R
Fecha: 11-Feb-2003
III.3
III.3 Finalmente, cabe manifestar que en el recurso de amparo no está permitida la figura del “tercero coadyuvante”, dado que únicamente debe ser tramitado entre la persona que estima haber sido lesionada en sus derechos y la autoridad o particular que presuntamente habría causado la violación acusada, sin que deba permitirse la intervención de un tercero que “coadyuve” a ninguna de las partes, lo que no significa, de manera alguna, que no exista la posibilidad de adhesión al recurso, que es una figura diferente e implica que otra persona considere que el mismo recurrido, por un mismo acto o resolución, ha afectado sus derechos fundamentales y se adhiera a la demanda, buscando la reparación del acto ilegal u omisión indebida.
- Judith Arze Solíz, Fernando Javier Villalobos Velasco y Jaime Mauricio Villalobos de Ávila, en representación de Joaquín Marcelo Arze Solíz
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- procedente
- Fragmento 6
- II.1
- II.3
- II.6
- II.7
- II.8
- II.10
- II.12
- II.13
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- sin haber sido oído y juzgado en proceso legal
- que debe ser interpretada siempre conforme al principio de la favorabilidad, antes que restrictivamente
- 'I. (CONSTITUCION).
- 1)
- 2) Las transferencias que del inmueble se hubieren realizado desde la fecha de constituirse la hipoteca, con indicación del nombre y domicilio de los adquirentes.
- 3.
- 4.
- sin haber sido oídos y vencidos en juicio
- III.2
- III.3