SENTENCIA CONSTITUCIONAL 14/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 14/2003

Fecha: 14-Feb-2003

(fs. 60-61)

El 12 de diciembre de 2002, el recurrido Consejero Guido Chávez respondió (fs. 60-61), en los siguientes términos: a) que el art. 13 LCJ otorga las atribuciones administrativas y disciplinarias al Consejo de la Judicatura, entre las cuales en materia de Recursos Humanos, conforme dispone la misma Constitución, tiene la de proponer a los órganos competentes las nóminas de postulantes a cargos vacantes de Vocales y en materia reglamentaria a elaborar, aprobar y modificar reglamentos y en su caso dejarlos sin efecto, asimismo, puede emitir acuerdos y dictar resoluciones, y en ese cometido, el Consejo pretende implementar el Sistema de Carrera Judicial con todos sus subsistemas, esencialmente el de ingreso que establece el concurso de méritos y el examen de oposición previsto en el art. 25 LCJ. En esta tarea, también han estado cumpliendo con el art. 123 CPE y la Ley de Consejo de la Judicatura proponiendo nóminas a los órganos competentes para la designación de funcionarios judiciales, buscando instrumentalizar los Sistemas establecidos en la Ley a través de reglamentos y disposiciones varias como el “Reglamento Transitorio Modificado para la Elaboración de Nóminas para Vocales y Jueces en todo el Territorio Nacional”; b) que no se han dado ninguno de los casos por los que se pueda alegar usurpación de funciones o falta de competencia, de modo que tanto la Convocatoria como el Reglamento han sido dictados con plena competencia sin que puedan ser tachados de nulos máxime si su objeto es uniformar las designaciones en todo el territorio nacional conforme al Sistema de Carrera Judicial y c) que a fin de desvirtuar las argumentaciones del recurrente se tome en cuenta la SC 70/002 de 13 de agosto de 2002 por la que se declara constitucional la Circular de la Corte Suprema dirigida a los Vocales designados con anterioridad a la vigencia de la Ley 1817 y  cuyo periodo de funciones estuviere por vencerse.