SENTENCIA CONSTITUCIONAL 14/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 14/2003

Fecha: 14-Feb-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Que el recurrente denuncia que los recurridos usurpando competencia que no les compete han dictado el Reglamento Transitorio de 12 de noviembre de 2002 y la Convocatoria Pública de 17 de noviembre de 2002 Resoluciones impugnadas que contradicen la Disposición Transitoria Quinta de la Ley del Consejo de la Judicatura. En consecuencia, corresponde analizar lo planteado y resolver si tanto el Reglamento como la Convocatoria están dentro de los alcances del art. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 79-II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), a fin de declarar fundado o infundado el recurso.