Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0279/2003-R
Fecha: 11-Mar-2003
III.4
III.4 El Viceministro de Presupuesto y Contaduría ha limitado su actuación en el caso del que emerge este recurso, a la negativa de pagar el tantas veces referido Escalafón en el 50% para el Nivel III de los profesionales médicos, obedeciendo lo establecido por el DS 26533, ya que es obligación de toda autoridad y de todo ciudadano, acatar y cumplir la normativa vigente en el país, más aún si se trata del personero estatal que tiene como principales atribuciones y deberes, la ejecución y control de la política presupuestaria y de contaduría del Estado, y está sujeto a las responsabilidades que contempla la Ley SAFCO en cuanto al ejercicio de sus funciones públicas.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.4 En 12 de enero de 2001
- II.5 El Convenio 003 de 20 de enero de 2001
- II.8 El 6 de marzo de 2002 se emitió el DS 26533,
- II.9
- II.10 Por Circular 033/02 de 26 de julio de 2002 (fs. 34),
- II.11
- III.1
- ocho días después de haberse emitido el DS 26047 de 12 de enero del mismo año,
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- máxime si se considera que en 30 de octubre de 2002
- APRUEBA