SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0287/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0287/2003-R

Fecha: 11-Mar-2003

a)

Que los recurrentes solicitan tutela a sus derechos a la libertad, a la defensa y al debido proceso, previstos en los arts. 6-II y 16 CPE, denunciando que los mismos han sido vulnerados por la Jueza recurrida, pues: a) sin compulsar debidamente las pruebas de descargo les ha condenado a tres años de privación de libertad cuando en principio el delito de despojo por el que les ha condenado no fue denunciado y además no existe delito como lo demostraron al plantear cuestión previa de falta de tipicidad pero que indebidamente fue rechazada, pues los lotes objeto del supuesto despojo están en distinto lugar a los que se reclaman y no son los mismos sobre los que ellos adquirieron y tienen legítima posesión y b) que no les ha notificado con los actuados provocándoles indefensión pues no obstante tener domicilio señalado en la oficina de su abogado les juzgó en rebeldía. En consecuencia,  corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.