Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0311/2003-R
Fecha: 17-Mar-2003
II.10.
II.10. El 23 de abril de 2002 (fs. 99), se expidió, por orden de la Jueza, mandamiento de condena con habilitación de días y horas para su ejecución. Según lo sostenido por el recurrente, el 22 de noviembre de 2002 fue aprehendido en su domicilio de Totora y trasladado al Centro de Rehabilitación de Santa Cruz, donde se encuentra privado de libertad.
- Henry Gonzalo Rico García
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8. Al no haber sido apelado el fallo indicado
- II.9.
- II.10.
- “
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.2.
- cuando en un proceso se afecta al contenido esencial de un derecho fundamental o una garantía constitucional, se abre inexcusablemente el ámbito de protección que brinda el orden constitucional a través del amparo
- III.3.