Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0311/2003-R
Fecha: 17-Mar-2003
II.2.
II.2. Por escrito de 8 de mayo de 2000 (fs. 37), el querellante pidió al Juez la conversión del proceso, al haberse transformado el delito de giro de cheque en descubierto en uno de acción privada, lo que fue deferido por Auto de 30 de mayo de 2000 (fs. 38). Se emitió mandamiento de comparendo, en 31 de mayo de 2000 (fs. 39) para que Henry Gonzalo Rico García se apersone al juicio.
- Henry Gonzalo Rico García
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8. Al no haber sido apelado el fallo indicado
- II.9.
- II.10.
- “
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.2.
- cuando en un proceso se afecta al contenido esencial de un derecho fundamental o una garantía constitucional, se abre inexcusablemente el ámbito de protección que brinda el orden constitucional a través del amparo
- III.3.