Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0414/2003-R
Fecha: 02-Abr-2003
II.3
II.3 La Jueza Sexta de Partido en lo Civil emitió la sentencia de 16 de junio de 2000, declarando probada la demanda, disponiendo la prosecución del proceso hasta el trance de subasta y remate de los bienes embargados o que se embargasen posteriormente al ejecutado. El Auto de Vista de 6 de diciembre de 2000, que resolvió la alzada del ejecutado, confirmó la sentencia de primera instancia (fs. 13-14).
- amparo constitucional
- I.1.1.1.
- I.I.2.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- En la audiencia de 9 de diciembre de 2002,
- E
- La Resolución de 9 de diciembre de 2002
- La Sentencia 04/03 de 23 de enero de 2003
- I.2.4 Trámite en el Tribunal Constitucional
- mediante AC 140/2003-CA de 21 de marzo
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.8.
- b) El
- Fragmento 17
- en revisión,
- III.1
- el juez podrá limitar la media precautoria solicitada o disponer otra diferente,
- III.2