SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0414/2003-R
Fecha: 02-Abr-2003
La Sentencia 04/03 de 23 de enero de 2003
La Sentencia 04/03 de 23 de enero de 2003 (fs. 237-238), declara improcedente el recurso, con estos fundamentos: 1) con los mismos fundamentos que sustentan el presente recurso, Carlos Pinilla en representación de José Larrea interpuso un anterior amparo constitucional que fue conocido por la Sala Civil Tercera cuya resolución de 9 de diciembre de 2002 fue por la improcedencia del mismo, que actualmente se encuentra en revisión en el Tribunal Constitucional; 2) la Sala Civil Primera al dictar la resolución impugnada por el recurrente, ha ceñido sus actos a las disposiciones legales aplicables al caso, como ser los arts. 170 y 496 CPC, ya que al existir ocho inmuebles gravados que garantizan la acreencia del recurrente, se puede reducir judicialmente las inscripciones que resultaren excesivas, según el art. 1387.II CC; 3) el amparo no constituye una nueva instancia procesal como lo presente la parte recurrente.
- amparo constitucional
- I.1.1.1.
- I.I.2.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- En la audiencia de 9 de diciembre de 2002,
- E
- La Resolución de 9 de diciembre de 2002
- La Sentencia 04/03 de 23 de enero de 2003
- I.2.4 Trámite en el Tribunal Constitucional
- mediante AC 140/2003-CA de 21 de marzo
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.8.
- b) El
- Fragmento 17
- en revisión,
- III.1
- el juez podrá limitar la media precautoria solicitada o disponer otra diferente,
- III.2