Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0495/2003-R
Fecha: 16-Abr-2003
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Sentencia 25 cursante de fs. 76 a 79, pronunciada el 18 de febrero de 2003 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Nico Alfredo Kaliman Romero en representación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) contra Armando Villafuerte Claros, Teresa Rivero de Cusicanqui y Guido Chávez Méndez, Presidente de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Judicatura y Consejeros, respectivamente, alegando la vulneración de sus derechos a la propiedad privada y a la seguridad jurídica.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Consejo de la Judicatura no incurrió en incumplimiento de la orden judicial inicial de devolución del depósito judicial tantas veces mencionado
- Entonces, la entidad demandada, lejos de lesionar los derechos de YPFB, veló por el principio de legalidad, es decir, por la observancia de requisitos legales inherentes al caso, condiciones esenciales para la devolución de depósitos judiciales, dentro del sistema de administración y control interno del Consejo de la Judicatura, como ente responsable y tutelar de los mismos.
- III.2
- III.3.