SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2003- R
Fecha: 29-Abr-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que el recurrente solicita tutela para los derechos de su representado a la igualdad jurídica, a la seguridad jurídica, a recibir instrucción y adquirir cultura y otros, consagrados en los arts. 6-II, 7-a)-e) y 16 CPE, denunciando que los mismos han sido vulnerados por los recurridos, dado que sin haberlo sometido a ningún proceso, le han sancionado primero con la baja definitiva de la ANAPOL y luego, postergado por un año, lo cual le impide proseguir con sus estudios. En consecuencia, en revisión de la Resolución del tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Juan Roberto Albarracín Pérez, Julio Rivera Pérez Patón, Miembros del Tribunal Disciplinario de la Academia Nacional de Policías; Edwin Vargas Flores, Silvio Lazarte Ferrufino, Oswaldo Cabrera Ferrufino, Jorge Arraya Obleas, Herman Trujillo Rivera, René Zabala Mendieta, Germán Meyer Monje, Miembros del Consejo Consultivo de la Academia Nacional de Policías y Rubén Darío Flores, Asesor Jurídico
- I.2.1
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- SC 136/2003 de 6 de febrero precisó: “
- III.2
- III.3
- el art. 4-D)-11) enuncia como falta grave
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APRUEBA