Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2003- R
Fecha: 29-Abr-2003
III.1
III.1 Que es evidente que este Tribunal en diversos fallos ha establecido que la garantía del debido proceso es una de las de mayor relevancia en la gama de las reconocidas y consagradas como fundamentales, así la SC 303/2003 de 13 de marzo que recogiendo la jurisprudencia sentada al respecto dice:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Juan Roberto Albarracín Pérez, Julio Rivera Pérez Patón, Miembros del Tribunal Disciplinario de la Academia Nacional de Policías; Edwin Vargas Flores, Silvio Lazarte Ferrufino, Oswaldo Cabrera Ferrufino, Jorge Arraya Obleas, Herman Trujillo Rivera, René Zabala Mendieta, Germán Meyer Monje, Miembros del Consejo Consultivo de la Academia Nacional de Policías y Rubén Darío Flores, Asesor Jurídico
- I.2.1
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- SC 136/2003 de 6 de febrero precisó: “
- III.2
- III.3
- el art. 4-D)-11) enuncia como falta grave
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APRUEBA