Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0555/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
II.2
II.2 A solicitud del recurrente y consulta de la Logia Acacia 46, el Gran Maestro de la Gran Logia de Bolivia de ese entonces, José Aramayo Anze, a través de la carta de 21 de marzo de 1997, dirigida al Venerable Maestro de la Logia Acacia 46 de la ciudad de La Paz, autorizó proceder a la ceremonia de afiliación del recurrente, previo pago de los derechos correspondientes (fs. 312-315, 321-322).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1.2.2 Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por toda entidad que en sus normas internas tenga la facultad de juzgar y sancionar a sus miembros
- no ha sido puesto a disposición de los citados Tribunales;
- III.2
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- REVOCAR