Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0555/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19.IV y 120.7ª CPE, 7.8ª y 102.V de la Ley 1836 resuelve REVOCAR la resolución revisada y declarar PROCEDENTE el recurso, disponiendo a los recurridos dejen sin efecto el decreto impugnado 23-2002 y se restituya al recurrente a la entidad con todas sus prerrogativas, sin perjuicio de que se le siga proceso si se dan las causales que ameritan tal decisión.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1.2.2 Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por toda entidad que en sus normas internas tenga la facultad de juzgar y sancionar a sus miembros
- no ha sido puesto a disposición de los citados Tribunales;
- III.2
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- REVOCAR