SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0559/2003- R
Fecha: 29-Abr-2003
III.4
III.4 Que, en el caso de examen está en curso el proceso de saneamiento, habiéndose llegado a la instancia en que se ha comunicado, mediante Aviso Público, que se ha dispuesto ejecutar la Exposición Pública de Resultados del Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen Monteverde, sin que se hubiera lesionado derecho alguno a la Cooperativa representada por el recurrente; por el contrario, dicho aviso, tiene por objeto que propietarios con título ejecutorial, beneficiarios con sentencia ejecutoriada o minuta de compra y venta protocolizada, poseedores y personas, que invocando un interés legal, puedan tomar conocimiento del informe de resultados de la ejecución del saneamiento; solicitar aclaraciones y hacer conocer errores materiales u omisiones que fueran identificados, en el plazo señalado por Ley.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- René Salomón Vargas y Fernando Cuéllar, Directores Nacional y Departamental del Servicio Nacional de Reforma Agraria, respectivamente
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APRUEBA