Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0573/2003- R
Fecha: 29-Abr-2003
APRUEBA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19-IV y 120.7ª CPE y los arts. 7-8ª y 102-V LTC en revisión APRUEBA la Resolución de 20 de febrero de 2003, cursante de fs. 126 vta. a 128, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Luis Tapia Pachi, Walter Pérez Lora y Anuncio Piérola Galviz, Juez Sexto de Instrucción en lo Penal-Cautelar, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal-Cautelar y Fiscal de Materia, respectivamente;
- I.2.1
- a)
- improcedente
- II.1
- 3.
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- , no se ha producido la extinción de la acción penal
- III.2
- III.3
- III.5.1.
- APRUEBA