SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2003

Fecha: 08-May-2003

II.5.

II.5.  Notificado con la decisión antedicha, Samuel Brofman S. por INAL Ltda., pidió en 30 de octubre de 2002 (fs. 1753 y 1754, explicación, aclaración y complementación del Auto de Vista y del   Auto complementario de  28  de octubre, dando lugar al Auto de 4 de noviembre de 2002 (fs. 1756),   el que, a más de decretar no haber lugar a la solicitud de complementación  impetrada,  se “recuerda” que “la nulidad declarada es inherente a todos los actuados resultantes de la excepción opuesta por el personero de INAL, trámite procesalmente ineficaz por cuanto incumplió con el presupuesto de su presentación dentro del plazo perentorio impuesto por el art. 49-II de la Ley Nº 1760”.