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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0581/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0581/2003-R

    Fecha: 05-May-2003

    APROBAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120 atribución 7ª CPE, y los arts. 7.8) y 102.V) de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve APROBAR la Sentencia de 7 de marzo de 2003, cursante a fs. 410 y 411 de obrados, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.     Hechos que motivan el recurso
    • I.2.2
    • improcedente
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • a)
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5
    • “
    • a garantizar el ejercicio profesional del  abogado en causas civiles, penales, administrativas, o de otra naturaleza, en las que actúe como patrocinante, es decir que se dé la relación abogado-cliente, lo que no ocurre en el caso que se examina,
    • APROBAR

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