SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0581/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0581/2003-R

Fecha: 05-May-2003

II.5

II.5     El 5 de noviembre de 2002, las autoridades recurridas, solicitaron al Presidente del Colegio de Abogados de Cochabamba, licencia para el juzgamiento del co-recurrente, ex Asesor Legal de la Alcaldía de Colomi, José Rivero Carazas, por su condición de abogado (fs. 396). Asimismo, a requerimiento de los Fiscales recurridos, el Juez Cautelar mediante Auto de 26 de diciembre de 2002 dispuso que el Colegio señalado otorgue la licencia correspondiente (fs. 57 y vta.). Es así que el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Cochabamba concedió la licencia solicitada mediante resolución de 4 de febrero de 2003 (fs. 398); la cual fue apelada por el afectado ante el Tribunal Nacional de Honor (fs. 399-400).