SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0581/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0581/2003-R

Fecha: 05-May-2003

III.3

III.3   En cuanto a las medidas sustitutivas a la detención preventiva como el arraigo entre otras, les fueron impuestas a los actores por el tribunal de alzada en mérito a la apelación presentada por los Fiscales demandados en uso del art. 403.3) CPP, sin que el uso de este recurso constituya un acto ilegal que vulnere el derecho al trabajo de los recurrentes. En todo caso, si consideran que el arraigo les provoca perjuicios laborales, pueden pedir su revocación o modificación conforme al art. 250 CPP, toda vez que las medidas cautelares no causan estado, no siendo el amparo sustitutivo de ese medio legal que los recurrentes tienen expedito y que pueden utilizar en cualquier tiempo cumpliendo los requisitos de ley.