Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0586/2003-R
Fecha: 06-May-2003
II.1.
II.1. Dentro de la investigación abierta contra Josué Viracocha Aruquipa por la comisión del delito de violación a un niño de tres años, el Fiscal Adjunto de Caranavi, realizó la imputación formal en su contra mediante requerimiento sin fecha (fs. 15) ante el Juez de Partido del Menor de El Alto, quien por decreto de 26 de julio de 2002 (fs. 15 vta.), ordenó la devolución de obrados a Caranavi en mérito a que el imputado cuenta con más de 16 años al haber nacido en 5 de octubre de 1985, conforme se constata del certificado de nacimiento de fs. 14.
- en el recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.4.
- Lo propio solicitó el Fiscal de la investigación mediante requerimiento conclusivo presentado el 5 de septiembre de 2002
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el Juez, dentro de las veinticuatro horas siguientes, convocará a las partes a una audiencia oral y pública que deberá realizarse en un plazo no menor de seis ni mayor de veinte días,
- Fragmento 14
- no obró conforme determina el art. 325 CPP
- III.2.
- La extinción de la acción penal
- sin considerar que el Fiscal presentó su requerimiento conclusivo