SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0586/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0586/2003-R

Fecha: 06-May-2003

no obró conforme determina el art. 325 CPP

Por consiguiente, la Jueza recurrida no obró conforme determina el art. 325 CPP en relación a la solicitud de aplicación del procedimiento abreviado, sino que dejó transcurrir tres meses desde la presentación del requerimiento conclusivo del Fiscal hasta que dispuso el rechazo del mismo, ignorando que la normativa procesal dispone la realización de una audiencia conclusiva en el caso señalado que en autos no existió, acto ilegal que  no puede dejarse de lado por cuanto en el memorial de demanda de hábeas corpus y en la audiencia respectiva, el actor reiteró su reclamo sobre la anulación del  procedimiento abreviado, en mérito de lo que corresponde anular obrados por el irregular trámite llevado adelante por  la Jueza demandada.