SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0642/2003-R
Fecha: 08-May-2003
I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
Que, en el mes de noviembre del pasado año, Humberto Coelho Añez, Jefe Distrital del “SENASAG-MAGDER” (recurrente) sufrió un accidente de tránsito, a raíz del cual Eduardo Alí Jiménez, Director Nacional del “SENASAG-MAGDER” (recurrido), solicitó a la Unidad Operativa de Tránsito que se realice una nueva investigación, de la que surgió un segundo informe que pone en duda el lugar donde se produjo el hecho de tránsito y con este nuevo informe dispuso que se procese internamente al recurrente.
Que, el recurrente, a pesar de conocer que la sentencia dictada en contra suya no se encuentra ejecutoriada, dado que existe una apelación en trámite, le entregó una carta mediante la cual le hace conocer que el fallo se encuentra firme y que debe entregar la oficina, bienes y documentos al nuevo Director, acto que el recurrido considera una ilegalidad en tanto el fallo no se encuentre ejecutoriado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridad o personas recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- funcionarios públicos de carrera
- el recurrente
- ejecución de las resoluciones pasadas en autoridad de cosa juzgada
- Fragmento 15
- III.2.
- principio de informalismo
- principio de favorabilidad
- garantía del debido proceso