SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0678/2003- R
Fecha: 19-May-2003
III.2
III.2 Que en el presente caso planteado, de los datos del expediente original se tiene que el memorial del incidente de nulidad del remate efectuado el 9 de octubre de 2002, fue presentado el 14 de octubre de 2002, pues el cargo inserto en el memorial original cursante en el expediente del proceso (que se ha solicitado como documentación adicional), contiene todos los requisitos exigidos por el art. 96 CPC que textualmente dice: “A todo escrito que se presentare se le pondrá cargo, con la constancia de los documentos que se acompañaren y del día y hora de presentación. El cargo será puesto en letra legible con fechador mecánico al pie del escrito, y será firmado por el secretario o actuario y en su defecto por el auxiliar.”
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Adolfo Parrado Romero, Juez de Partido Segundo de Familia, Alejandro Guerra Rocha y Elizabeth Arce Camacho, Vocales de la Sala Civil
- a)
- improcedente
- (fs. 107 - 108),
- (fs. 1.418)
- II.1
- II.2
- II.3
- (fs. 1083-1084, 1085)
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- El secretario o actuario, a pedido del interesado, hará constar la presentación del escrito
- III.3
- APRUEBA