SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0685/2003-R
Fecha: 21-May-2003
Fragmento 18
De igual manera, convocó y aceptó la subsiguiente elección realizada en la primera sesión de la gestión 2002, resultando nuevamente elegido Presidente y en esa calidad es que al año siguiente, convocó a los Concejales recurridos para la sesión de 6 de febrero de 2003, señalando como punto único del orden del día la renovación parcial de la Directiva del Concejo. En dicha sesión, el actor recién se opuso a tal renovación y abandonó el acto, prosiguiéndose la reunión en su ausencia, bajo la dirección de la Vicepresidenta del Concejo, ahora co-demandada, llegándose a elegir las carteras de Presidente y Vicepresidente convocadas, sin que el actor haya accedido a ninguna de ellas, quedando excluido de la Directiva del Concejo Municipal en la presente gestión.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades o personas recurridas y petitorio
- 1.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- 1.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- Ley 2316
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4
- III.5
- III.6