SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0949/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0949/2003-R

Fecha: 08-Jul-2003

III.3.

III.3.   Es imperioso dejar sentado que la improcedencia de este recurso no implica de manera alguna desconocer el derecho de la recurrente al cargo que ha obtenido mediante concurso de méritos y examen de competencia, toda vez que la negativa y oposición del recurrido a la decisión del Tribunal Calificador por la presunta falta de un requisito, deberá canalizarla mediante una impugnación contra esa determinación, pues en tanto no se dé ese extremo, debe  acatar  su Resolución. Asimismo, se aclara al recurrido que ésta no es la vía para declarar nulo  el concurso de  méritos y examen de competencia realizado,  ya que  la competencia de este Tribunal se limita a analizar si existe vulneración de derechos fundamentales, si la parte recurrida es la que los ha lesionado, si la parte recurrente ha agotado las vías que tenía a su alcance para reclamar el respeto de los mismos y otros extremos delimitados en la demanda de amparo, razón por la que debe acudir a la instancia respectiva para solicitar la nulidad  pedida.