SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0975/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0975/2003- R

Fecha: 14-Jul-2003

ya que dando una errónea interpretación al art. 85 LOJ, indebidamente convocaron a abogados en el ejercicio de la profesión para resolver el incidente de recusación

Que el recurrente solicita tutela a sus derechos  al juez natural y al debido proceso, consagrados en el art. 16 CPE, denunciando que están siendo vulnerados por los recurridos, ya que dando una errónea interpretación al art. 85 LOJ, indebidamente convocaron a abogados en el ejercicio de la profesión para resolver el incidente de recusación que interpuso contra los vocales y conjueces de la Sala Plena de la  Corte Superior de La Paz. En consecuencia,  en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.