SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1055/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo relatado, plantea recurso de amparo constitucional contra Julio C. Ocampo Mendoza, Limberg Durán Ortiz, Efraín Arnez Torrico, Grover Buhezo Echeverría, David Benitez Darwich, Víctor H. Montellano, Nelson Rojas Argote, Oscar Claure Villarroel, Luis Tirado Vargas y Álvaro Rojas Revuelta, Presidente, Decano, Secretario y Vocales del Tribunal Superior de Penas de la Federación Boliviana de Fútbol, respectivamente, solicitando sea declarado procedente, “garantizando a los jugadores naturalizados la facultad que tienen como bolivianos de ejercitar sus derechos, deberes y obligaciones que le otorga la Constitución”, y, en consecuencia, se ordene al Tribunal Superior de Penas de la FBF, así como a dicha Federación, y a la LFPB, dejen sin efecto en su aplicación la Resolución 11/2003 de 4 de junio de este año.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- 1)
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2.
- Nacionalidad.
- Naturalización
- DS 24423
- III.5.
- art. 120 del Reglamento del Estatuto de la FBF aprobado en 26 de julio de 2002 no puede ser aplicado en este caso por cuanto -sin potestad alguna que solamente podría estar encomendada y delegada por la propia Constitución- excluye a los naturalizados del goce de los derechos proclamados en la Ley de Leyes.
- asegurando a todos el disfrute del ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales
- APRUEBA