SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1055/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1055/2003-R

Fecha: 29-Jul-2003

Nacionalidad.

Nacionalidad. Una de las definiciones más usuales de nacionalidad enunciadas por los tratadistas es la que concibe como un vínculo específico que une a una persona determinada con un Estado particular, fija su pertenencia a dicho Estado, le da derechos a reclamar la protección del mismo y la somete a las obligaciones impuestas por sus leyes.  

La nacionalidad puede ser contemplada desde una doble perspectiva; subjetiva y objetiva. Desde el primer punto de vista la nacionalidad es la condición o cualidad de pertenecer a la comunidad de una nación. Desde una perspectiva objetiva, la nacionalidad es el vínculo que liga a un individuo con una determinada organización política de estructura estatal.

El contenido o ámbito de ejercicio del derecho a la nacionalidad implica el reconocimiento y garantía de los siguientes derechos:   a adquirir la nacionalidad del Estado en cuyo territorio nació si no tiene derecho a otra;  a adquirir una determinada nacionalidad, especialmente aquellas personas que han sido desprovistas de la suya propia, y que en consecuencia, son apátridas;  a no sufrir discriminaciones en el ejercicio de todos y cada uno de los derechos humanos;  a conservar la nacionalidad frente a cualquier acto de abuso de poder o arbitrariedad; a perder voluntariamente la nacionalidad y adquirir otra distinta, siendo considerado a todos los efectos positivos, como no nacional de un determinado Estado; a recuperar la nacionalidad de la que fue ilegalmente desprovista o a la que voluntariamente renunció, en el supuesto de no disponer de otra.