SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1055/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
II.4.
II.4. Mediante Resolución 001/03 de 26 de marzo de 2003 (fs. 66 y 67) el Tribunal Superior de Penas de la FBF, anuló obrados hasta el estado de dictarse Auto de Iniciación de Proceso, en base al reclamo y/o denuncia del Club “Jorge Wilstermann” y tramitar el proceso conforme a normas procedimentales vigentes, al estimar que se violó el art. 21 del Procedimiento de Administración de Justicia Deportiva al no tipificar el hecho denunciado conforme a las normas deportivas y emplazar a asumir defensa en el plazo estipulado en dicho artículo, ni haberse tramitado el mismo conforme a normas reglamentarias, pues se dictó la Resolución apelada sin sujetarse al término de prueba previsto por el art. 23 de dicho Procedimiento.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- 1)
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2.
- Nacionalidad.
- Naturalización
- DS 24423
- III.5.
- art. 120 del Reglamento del Estatuto de la FBF aprobado en 26 de julio de 2002 no puede ser aplicado en este caso por cuanto -sin potestad alguna que solamente podría estar encomendada y delegada por la propia Constitución- excluye a los naturalizados del goce de los derechos proclamados en la Ley de Leyes.
- asegurando a todos el disfrute del ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales
- APRUEBA