SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1055/2003-R
Fecha: 29-Jul-2003
Naturalización
Naturalización, viene a ser la nacionalidad otorgada por concesión, entendida como el medio de carácter civil y político por el cual los extranjeros adquieren los privilegios y derechos que pertenecen a los naturales del país; basada en determinadas circunstancias que aconsejan la asimilación. Por lo general se exige expresa renuncia a la nacionalidad de origen o anterior. La naturalización constituye, pues, un cambio de nacionalidad; aunque cuando quepa el raro supuesto de alguien carente desde siempre de otra cualquiera, por apátrida de nacimiento; o del privado de la suya por acto propio, penado así en su ley; o por medida, persecutoria casi sin excepción, de un gobierno hostil al despojado de su condición nacional.
La naturalización implica voluntariedad porque la transformación del extranjero en ciudadano o súbdito requiere, por lo general, la solicitud del interesado, la reunión de determinadas circunstancias (una de las cuales se basa casi indefectiblemente en la residencia prolongada en el país de adopción), la renuncia a la nacionalidad de origen y la concesión del Poder Público, que no es automática.
El derecho a la nacionalidad está protegido por instrumentos internacionales, tales como el art. 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que indica que toda persona tiene derecho a una nacionalidad, a nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- 1)
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2.
- Nacionalidad.
- Naturalización
- DS 24423
- III.5.
- art. 120 del Reglamento del Estatuto de la FBF aprobado en 26 de julio de 2002 no puede ser aplicado en este caso por cuanto -sin potestad alguna que solamente podría estar encomendada y delegada por la propia Constitución- excluye a los naturalizados del goce de los derechos proclamados en la Ley de Leyes.
- asegurando a todos el disfrute del ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales
- APRUEBA