SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2003-R

Fecha: 24-Jul-2003

Fragmento 3

Añade que realizado el actuado procesal, luego de escuchados sus alegatos orales en 14 de abril de 2003, la Sala Penal Segunda,  mediante Auto de Vista 787/2003, declaró inadmisible su apelación con el argumento de no haber cumplido con los requisitos formales señalados en los arts. 407 y 408 del Código de procedimiento penal de 1999 (CPP), lo que constituye un acto ilegal, pues al detectar que el recurso no reunía u omitía los requisitos extrañados en el Auto de Vista, debieron haberlos observado y no pronunciar directamente la inadmisibilidad del recurso sin dar aplicación al art. 399 CPP, es decir emplazarla a cumplir con las exigencias de las normas procesales señaladas, bajo alternativa de rechazo, lo que no sucedió, sino que luego de señalar la audiencia en la que no se hizo constar ese aspecto, recién observó los elementos formales en la resolución, quedando en plena indefensión y tutela efectiva con su recurso.