SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1075/2003-R
Fecha: 24-Jul-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
La recurrente afirma que los demandados han vulnerado su derecho a la doble instancia y a la libertad, al haber declarado inadmisible el recurso de apelación restringida que planteó contra la sentencia que la condenó a tres años y cinco meses de reclusión por ser autora del delito de manipulación informática previsto por el art. 363 bis CP, con el argumento de que no cumplió con los requisitos señalados por los arts. 407 y 408 CPP, en cuyo caso correspondía la aplicación del art. 399 del mismo cuerpo de leyes, otorgándole un plazo para que subsane los errores formales, omisión que constituye procesamiento indebido vinculado directamente a su libertad ante la existencia del mandamiento de condena a ejecutarse en cuanto la sentencia se ejecutorie. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 CPE.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1 El sistema de recursos establecido en la Ley 1970.-
- III.2 Sobre el derecho a la doble instancia invocado por el recurrente.-
- III.3. Fundamento jurídico y político del derecho del imputado a la revisión del fallo condenatorio por un tribunal superior.-
- III.4. Significado de la expresión “inobservancia o errónea aplicación de la ley” utilizada en el art. 407 CPP.-
- III.5 Sobre la determinación de los requisitos de forma para la apelación restringida.
- III.6 Sobre el objeto de impugnación en el caso de autos y su inadmisión.
- Si bien
- 2º DEJAR SIN EFECTO el Auto de Vista de 787/2003 de 14 de abril de 2003