Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En consecuencia, al revocar el beneficio de suspensión condicional de la pena, la autoridad recurrida debió haber considerado que en el caso de autos no se trata del incumplimiento de una obligación, sino de un error justificable por parte de la recu
Fecha: 26-Ago-2003
III.1
III.1 El recurso extraordinario de hábeas corpus tiene como objeto restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad de locomoción en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida, por lo que podrán interponerlo quienes se consideren indebidamente perseguidos, detenidos, procesados o presos, demandando se guarden las formalidades legales.
- por Policarpio Gastón Blanco Vázquez en representación legal de Teófila Galindo Balderrama
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- 1.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- APROBAR