SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1306/2003- R
Fecha: 09-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, los recurrentes solicitan tutela a sus derechos a la igualdad jurídica y al debido proceso en su elemento non bis in idem, consagrados en los arts. 6-I) y 16 CPE, denunciando que han sido vulnerados por los recurridos, pues por una parte el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal admitió la conversión de acción de pública a privada sin considerar que el querellante no objetó la resolución de rechazo ante el Fiscal de Distrito ni formuló oposición y, por su parte, los Vocales co-recurridos incurrieron en la misma ilegalidad al haber confirmado la resolución del inferior. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de amparo corresponde dilucidar si tales extremos son ciertos y si constituyen actos ilegales u omisiones indebidas que amenacen restrinjan o supriman derechos o garantías fundamentales a fin de conceder o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Sergio Cardona Chávez, Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal; Beatriz Sandoval de Capobianco, Adhemar Fernández Ripalda y Edgar Molina Aponte, Vocales de la Sala Penal Segunda de dicha Corte
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- “El archivo de obrados no impedirá la conversión de acciones a pedido de la víctima o del querellante.”
- III.3
- III.4
- REVOCA