SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1312/2003 - R
Fecha: 09-Sep-2003
a)
Los Vocales recurridos presentaron informe que cursa a fs. 872 en el que alegaron: a) que, en el proceso penal referido por el recurrente, el juez natural pronunció sentencia condenatoria, imponiéndole la pena de dos años y seis meses por el delito de lesiones graves y a seis meses por el de lesiones leves, lo que motivó que apelara de la misma por considerarla injusta e ilegal, por mala valoración de las pruebas aportadas, estando el recurso demarcado en dichos ámbitos; por lo que abierta la competencia de la Sala Penal, junto a Luis Molina Canizares, Vocal de Corte en esa época, emitieron el Auto de Vista 69/2001 de 20 de febrero, de acuerdo a las normas previstas en los arts. 278 y 290 CPP, confirmando el fallo de primera instancia, circunscribiendo la resolución a los puntos apelados, pues no podían ir más allá de lo peticionado en el recurso de apelación; b) que, legalmente notificado el recurrente con el auto de vista y con el decreto de cúmplase, no gestó recurso legal alguno, permitiendo la ejecutoria de dichas resoluciones judiciales; c) que, no emitieron ningún mandamiento de condena contra el recurrente, ni expidieron orden instruida para su ejecución, conducción o traslado y d) que, con el Auto Supremo 805/000 de 4 de diciembre de 2000, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, el recurrente fue notificado legalmente a hrs. 18:00 del 19 de enero de 2001, pero no ejercitó acción alguna ante el Tribunal ad-quem, pues este cumpliendo con lo dispuesto en dicho auto procedió al sorteo de la causa el 7 de febrero de 2001 y emitió el Auto ahora impugnado, de modo que han limitado su actuación a los arts. 286, 288 y 290 CPP.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Cesar Suárez Saavedra
- a)
- improcedente
- (fs. 889)
- II.1
- II.2
- II.2.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- por la comisión de los delitos de lesiones graves y leves
- Fragmento 20
- III.4
- III.7
- 1º
- 2º ANULAR