SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1312/2003 - R
Fecha: 09-Sep-2003
III.1
III.1 Que, conforme las normas contenidas en el Código de Procedimiento Penal de 1972, que respondía al sistema acusatorio, el auto de procesamiento debía contener la calificación legal del hecho con relación a las disposiciones del Código Penal, lo que constituía la base y el marco dentro del cual se desarrollaba la segunda etapa del proceso penal, que se realizaba en la forma establecida por la norma procesal y tenía como fin, la comprobación de los elementos de convicción recogidos en la etapa de la instrucción, la recepción de otras pruebas pertinentes y útiles para establecer la culpabilidad o inculpabilidad del encausado a través del pronunciamiento de la sentencia, la misma que debía contener entre otros aspectos, una breve exposición de los hechos que dieron origen a la formación de la causa, con indicación de los cargos formulados contra el encausado y la calificación del delito de acuerdo con las leyes penales sustantivas.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Cesar Suárez Saavedra
- a)
- improcedente
- (fs. 889)
- II.1
- II.2
- II.2.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- por la comisión de los delitos de lesiones graves y leves
- Fragmento 20
- III.4
- III.7
- 1º
- 2º ANULAR