SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2003-R

Fecha: 12-Sep-2003

en el caso que se examina la notificación con el Auto de Vista no se realizó -ni de manera personal ni por cédula- al procesado Cleto E. Yucra Lizarazu

”Que, como se manifestó, en el caso que se examina la notificación con el Auto de Vista no se realizó -ni de manera personal ni por cédula- al procesado Cleto E. Yucra Lizarazu, como equivocadamente se manifiesta en el informe de la Secretaria de Sala (fs. 31), informe que dio lugar a que los vocales demandados emitieran el Auto de 28 de febrero de 2002, por el que declaran la ejecutoria de dicho Auto de Vista, sin constatar si dicho informe se ajustaba o no a los datos del proceso; ilegalidad por la que amerita la tutela demandada.”  (las negrillas son nuestras).