SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2003-R

Fecha: 12-Sep-2003

implica también la falta de ejecutoria de las resoluciones pronunciadas por el tribunal de apelación

Asimismo, esa falta de notificación, implica también la falta de ejecutoria de las resoluciones pronunciadas por el tribunal de apelación, al no estar notificadas todas las partes intervinientes en el proceso; aspecto que debieron cuidar y verificar los integrantes de la Sala de la que el recurrido es Presidente, antes de devolver el expediente al juzgado de origen, y al no haber cumplido con esa obligación, permitieron que el proceso sea devuelto sin estar ejecutoriado, provocando la indefensión del procesado y representado del recurrente, contra quien se librará mandamiento de condena para que cumpla una sentencia que no tiene aún calidad de cosa juzgada, en flagrante violación de su derecho a la libertad.