SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1328/2003-R
Fecha: 11-Sep-2003
1)
El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: 1) la Jueza recurrida fue notificada con este recurso el día 5 de mayo a horas 11:00 y a las 16:30 responde con la sentencia que va en contra de los intereses de la Caja nacional de Salud, fallo que hace referencia a los fundamentos del amparo refiriéndose al término de prueba impugnado; 2) la sentencia fue dictada cuando la autoridad jurisdiccional ya no tenía competencia por efecto del amparo constitucional interpuesto en su contra, fallo que ratifica, confirma y culmina sus actos ilegales; 3) ilegalmente clausuró el término probatorio aunque éste no se inició. Asimismo presentadas las conclusiones por la entidad demandada, decretó autos para sentencia fuera del plazo señalado por el art. 395 CPC, con el que no ha sido notificado; 4) contra el auto que clausura el término probatorio planteó reposición bajo alternativa de apelación sobre el que no se ha pronunciado la Jueza demandada.
La autoridad recurrida en el informe de fs. 90 señala: 1) el presente recurso se ha presentado un mes después del anterior que planteó el recurrente ante la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior que fue declarado procedente y que se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional, resultando de ello que este amparo constitucional es improcedente por imperio del art. 96.2 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); 2) este recurso es improcedente porque no es sustitutivo de otros medios de defensa, pues al estar dictada la sentencia con la que se notificó el recurrente de acuerdo a procedimiento puede hacer valer el recurso ordinario de apelación; 3) el recurrente tergiversa los datos del proceso para justificar este recurso que no tiene ningún justificativo legal, menos norma constitucional que lo respalde pretendiendo con este actuar que su autoridad no cumpla con la obligación que le impone el art. 204.I).1) CPC, toda vez que el plazo para dictar sentencia expira hoy.