Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1335/2003- R
Fecha: 15-Sep-2003
II.3.3
II.3.3 En la misma fecha, ante un informe de la Directora del Centro referido, el Fiscal dispuso que la menor sea entregada a la recurrente, a cuyo efecto se debía suscribir un compromiso para que la menor sea presentada cuantas veces se requiera su presencia, el cual se suscribió al día siguiente 30 de julio de 2003 (fs. 10, 11 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Mercedes Soliz Parada, Fiscal de Materia, Guillermo López Rodríguez, Fiscal Tutelar del Menor y Raúl Benavente, Director Departamental de la Policía Técnica Judicial
- I.2.1
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.3.3
- III.1
- III.2
- Fragmento 13
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- APRUEBA en parte