SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1335/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1335/2003- R

Fecha: 15-Sep-2003

III.3

III.3 Que, la adolescente denunciada y encontrada en delito flagrante, en principio no fue puesta en un centro de detención preventiva como exige el Código, pues fue llevada a la Policía Técnica Judicial por los policías; sin embargo, de este hecho no es responsable el Director Policial recurrido, puesto que en ningún momento se le informó de la aprehensión sino que se puso en conocimiento directo de la Fiscal recurrida, por lo que no cabe mayor análisis en cuanto a la denuncia en su contra.