Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1414/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
II.3.
II.3. En 29 de octubre de 2002, la Fiscal Nancy Romero Berrios presentó la acusación formal contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de lesiones leves; constatándose de los sellos de recepción que dicha acusación con cargo de recepción de la Auxiliatura de Sala Penal, se hizo conocer al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal Cautelar y a la Fiscalía de Distrito el 30 del mismo mes y año (fs. 51 a 53).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- La Fiscal Nancy Romero Berrios,
- La Jueza Segunda de Sentencia, Nancy Flores Guzmán,
- Los Vocales recurridos,
- improcedente
- II.1.
- II.2. En 5 de agosto de 2002
- II.3.
- II.4. Mediante decreto de
- II.6. Mediante Auto 08/2003 de 25 de febrero (fs. 19), el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal Cautelar,
- II.7.
- II.8.
- a)
- III.1 Sobre la actuación de la Fiscal recurrida,
- en los casos que le sean asignados.
- antes que concluya el plazo de la etapa preparatoria
- supuesto que no se da en la especie y hace inaplicable dicha norma al presente asunto
- III.2
- la
- APROBAR