SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2004

Fecha: 08-Ene-2004

II.4.

II.4.      Ante la representación del notificador de no haber sido habidos los obligados (fs. 469), el Juez Coactivo ordenó, mediante auto de 13 de octubre de 1989, que se efectúe su citación por cédula con las formalidades de ley; diligencia que se realizó el 17 de octubre, “mediante cedulón entregado en mano propia en presencia del testigo actuante Marco A. Vedia” (sic), quien suscribió junto con el notificador  (fs. 470 y vta.).