SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2004
Fecha: 14-Ene-2004
FUNDADO
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandado de los arts. 120.6ª CPE, 79 y siguientes de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), resuelve declarar FUNDADO el recurso directo de nulidad interpuesto por María Eugenia Mosciaro Gil en representación de Gas Transboliviano S.A. (GTB); por ende, la NULIDAD del artículo tercero de la Resolución Administrativa 627 de 28 de agosto de 2003, expedido sin competencia alguna por el Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial.
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandado de los arts. 120.6ª CPE, 79 y siguientes de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), resuelve declarar FUNDADO el recurso directo de nulidad interpuesto por María Eugenia Mosciaro Gil en representación de Gas Transboliviano S.A. (GTB); por ende, la NULIDAD del artículo tercero de la Resolución Administrativa 627 de 28 de agosto de 2003, expedido sin competencia alguna por el Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial.
- María Eugenia Mosciaro Gil
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.3 Alegaciones de la parte recurrida
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- , por razones de oportunidad, mérito y conveniencia,
- y si existieran fundadas razones de interés público que lo justifiquen, podrá modificar o sustituir la resolución impugnada.
- 1) la ilegitimidad
- III.2
- III.3.
- FUNDADO